sábado, enero 26, 2008

El honor y la honra en la Edad Media bajo el Fuero de Plasencia


El artículo 18.1 de la Constitución Española de 1978 garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Actualmente está considerado como un derecho fundamental. Sin embargo a lo largo de la historia no ha sido un concepto unívoco ni ha tenido la misma significación. Ha dependido de las normas, valores sociales y morales vigentes en cada momento. El diccionario de la Real Academia Española define el honor como buena reputación y la honra como buena opinión y fama adquirida por la virtud y el mérito. Muchos autores de diferentes épocas han definido el honor o la honradez. Tácito decía que en un espíritu corrompido no cabe el honor. Publio Siro expresaba que el que ha perdido el honor ya no puede perder más. Cervantes manifestaba que es mejor la deshonra que se ignora que la honra que está puesta en la opinión de la gente. En sentido objetivo el honor es la reputación, buen nombre o fama de que goza, ante los demás, una determinada persona.

En la Edad Media el concepto del honor se ponía a prueba diariamente. El espíritu caballeresco medieval expresaba fidelidad al deber y a la honra. Por doquier y en todos los niveles de la sociedad se escuchaban expresiones: Por mi honra, por vuestra honra, salva mi honra. El Fuero de Plasencia y su extenso territorio llegaba en nuestra zona hasta la garganta de Chilla. Este Fuero contemplaba, entre otras muchas órdenes, la institución de la caballería formada por nobles caballeros, hombres buenos y vecinos honrados que mantenían a su cargo caballo y armadura para acudir en socorro del concejo o del rey y exterminar a los golfines, grupos de ladrones y forajidos que asaltaban en los caminos y tenían atemorizada a la población. Los caballeros tuvieron gran prestigio y reconocimiento popular por sus grandes gestas. De este siglo viene la expresión popular que ha llegado hasta nuestros días: Es todo un caballero.

Claudio Sánchez-Albornoz dice que del orgullo celta debió nacer el vivaz y arisco sentimiento del honor castellano que se tradujo en lealtad o se vertió en venganzas, dado su aislamiento con sus hermanos de allende el Pirineo. Una de las primeras conductas reprobadas en el Fuero de Plasencia era tirar de los cabellos a la mujer que se castigaba con diez maravedíes o de la barba al varón con cien. Quitar a uno sus ropas contra su voluntad hasta dejarle en cueros equivalía al pago de medio homicidio.Todo aquel que hiriese a otro con cohombro (variedad de pepino), melón, huevo o con cualquier otra cosa que pudiera ensuciarle, debe tributar diez maravedíes.Quien eche en la calle lechón, perrillo, gato muerto o ave, pechará cinco sueldos a la vecindad. Era un grave ultraje descabalgar a los caballeros o tirarles de la brida del caballo y se penalizaba con treinta maravedíes. El maltrato a los caballos estaba muy penado.

En esta época era despreciable la figura del calumniador y su ataque al honor de la persona. Los insultos como alevoso, traidor, leproso o falso, sin pruebas, invertido o hijo de invertido, pagaban diez maravedíes. Romper un diente pagaba cien maravedíes o apedrear puerta ajena treinta. Injuriar a una mujer llamándola puta, rocina o malata se castigaba con tres maravedíes. Al violador se le privaba de la vida con el ahorcamiento. Se castigaba a las mujeres que entraran en los baños públicos el día que correspondía a los hombres. El alcahuete o alcahueta eran las personas que concertaban o facilitaban una relación amorosa ilícita. La figura española de la Celestina o la vieja Trotaconventos. El alcahuete era ahorcado y la alcahueta quemada. El marido podía matar a la mujer cogida en adulterio y al adúltero. Cuando el marido sospechaba de adulterio ésta podía desmentirlo con el voto favorable de doce mujeres. Se recriminaba el yacimiento o la fornicación de la viuda en el lecho conyugal con un varón. Estaba tipificado como delito contra la honestidad la unión sexual consumada entre distintas razas, judío con con cristiana u otras. El que echara agua por la ventana o esputo o ensuciara a otro debía pagar diez maravedíes. Quizás de aquí nació el "agua va".

Arrojar estiercol o cualquier otro excremento a la cara o meterle un palo por el culo a otra persona se castigaba con doscientos maravedíes. Estaba prohibido echar en la calle, perros, cerdos o bestias muertas bajo multa de un maravedí. El duelo estaba admitido para probar la falsedad de los delitos de homicidio y la violación con la autorización de los alcaldes. En caso de homicidio, los parientes más cercanos desafiaban al sospechoso y si había cómplices podían desafiar hasta un máximo de cinco. En Plasencia se celebraban los duelos en domingo. Los límites eran marcados por los alcaldes y quien los pasaba se le consideraba vencido. Los combatientes juraban defender la verdad ante los Evangelios, y tras oir misa iniciaban el duelo armados con una lanza, dos espadas y un escudo, y cubiertos con loriga, yelmo y brafonera. Si al tercer día en la noche no se había vencido al retado, éste era creído. En esta época existían los enemigos temporales o los enemigos para siempre. Y como pena leve por trasgredir las normas del duelo los asistentes pagaban la caloña, una sanción económica.